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Ignacio Di Toma Mues

     
 

Destino para el abandonado y centenario edificio

El ex Padelai será sede del Centro Cultural de España

El inmueble del ex Patronato de la Infancia (Padelai), inaugurado en 1895 en el barrio de San Telmo, finalmente será convertido en un centro cultural. Así lo establece el memorándum de entendimiento que firmaron el Gobierno de la Ciudad y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (A.E.C.I.D.), entidad que será la encargada de la restauración del antiguo edificio.

El predio del ex Padelai, ubicado en el Casco Histórico de Buenos Aires, diseñado por el prestigioso arquitecto italiano Juan Antonio Buschiazzo, está compuesto por cinco edificios de dos plantas y un amplio jardín.


Balcarce 1150

El acuerdo establece que la Ciudad cederá en comodato, por el término de 30 años, el ex Padelai a la A.E.C.I.D., para que allí se establezca el nuevo Centro Cultural de España en Buenos Aires que actualmente funciona en la calle Paraná 1149. La obra estará finalizada para el Bicentenario, en el 2010.


Av. San Juan 257

La Subsecretaría de Patrimonio Cultural, la Sociedad Central de Arquitectos y la Agencia gestionará los concursos y procesos necesarios para la restauración de los inmuebles. La obra, que constará de 3.500 metros cuadrados, contempla la construcción, además del Centro Cultural, de un Centro de Interpretación del Casco Histórico de 400 metros cuadrados, que será gestionado por el Ministerio de Cultura porteño, y una sala de cine cuya programación se realizará en colaboración con el Museo del Cine de la Ciudad, Pablo Ducrós Hicken.


Humberto Primo 250

Proyecto de expropiación

Para llevar adelante el emprendimiento la Legislatura deberá aprobar el proyecto enviado por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, que declara de utilidad publica y sujeto a expropiación del 70 % del inmueble que hoy está bajo el dominio de la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo San Telmo Limitada. El 30 % restante pertenece actualmente al dominio de la Ciudad de Buenos Aires.

El proyecto de expropiación fija además que “el Poder Ejecutivo a promover las acciones conducentes a fin de deducir de la indemnización a pagar por la expropiación, el valor del crédito garantizado por hipoteca de primer grado que pesa sobre los bienes a expropiar, actualizando su monto a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, así como el importe de los impuestos y tasas que se encuentren impagos y demás rubros...”

Un poco de historia

En el año 1978 el entonces intendente de la dictadura, Osvaldo Cacciatore, lo desocupó con la promesa que el patronato sería reubicado en otro predio, promesa que nunca cumplió. A partir del año 1984, y por casi 20 años, fue ocupado por más de 100 familias “sin techo”. La mayoría de ellas aceptaron abandonar el lugar, ante el peligro de derrumbe. El entonces Jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, ofreció créditos de hasta 30 mil pesos en cuotas fijas sin intereses a pagar en 20 años o subsidios de hasta 15 mil pesos.

Los habitantes que no aceptaron la oferta fueron desalojados violentamente en febrero de 2003. Ellos reclamaban el 70% de la propiedad que la ex Municipalidad de Buenos Aires, en el año 1991, cuando era intendente Carlos Grosso, le vendió a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo San Telmo Limitada, con carácter fiduciario, para la construcción de viviendas unifamiliares. En esa oportunidad se constituyó una hipoteca en favor de la ex Municipalidad, sobre la porción cedida a la cooperativa y por un importe equivalente al 100 % del valor de la transferencia.

Causa pendiente ante la justicia

Actualmente existe una causa judicial, abierta por la Cooperativa de Vivienda ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 7, Secretaría N° 13. Esta entidad reclama una indemnización  de 44 millones de pesos por los incumplimientos de la ex Municipalidad y el desalojo dispuesto en el año 2003. Por esta razón el artículo 6º del proyecto de ley antes mencionado faculta al Poder Ejecutivo a “promover las acciones judiciales que co-rrespondan contra la "Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo San Telmo Limitada", a fin de obtener la resolución del convenio aprobado por ordenanza n° 44.838 y la consecuente revocación de la transferencia de dominio concretada a favor de esa cooperativa.” 


Lecturas:

 

 



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