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Mayo 2012

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Diciembre 2007
Año VI | Edición N° 65

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Diciembre 2007

Edicion Diciembre 2007


Sesión extraordinaria en la Legislatura porteña

Aprobaron en primera lectura el
Plan Urbano Ambiental

El la sesión extraordinaria del jueves 20 de diciembre, con 41 votos a favor y 12 en contra, la Legislatura aprobó en primera lectura la norma que crea el Plan Urbano Ambiental. Para que la sanción sea definitiva, el legislativo porteño cumplir con el procedimiento de doble lectura indicado en la Constitución de la Ciudad. Para ello, el texto aprobado en primera instancia debe ser sometido a una Audiencia Pública y luego a un nuevo tratamiento para su aprobación final.

La definición de un Plano Urbano Ambiental, al cual deberán ajustarse la normativa urbanística y las obras públicas, está establecido por la Constitución de la Ciudad en su artículo 29º. Además fija que en la elaboración del mismo deben participar entidades académicas, profesionales y comunitarias; y su aprobación requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de la cámara legislativa (40 votos).

En la misma sesión se aprobaron dos leyes referidas al mantenimiento urbano de la ciudad. Una de ellas declara declarar la “Emergencia de mantenimiento de la vía pública” y autoriza, por el término de un año, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público (en forma directa o a través de terceros) a realizar la pavimentación, mantenimiento y reparación de las calles y avenidas en horario nocturno o días y horas inhábiles a fin de no entorpecer el tránsito y la circulación por las calles, así como la reparación y mantenimiento de las aceras.

La segunda tiene que ver con la aperturas y cierres definitivos que se ejecutan en el espacio público. A partir de su promulgación las empresas que deban romper la calle o la vereda para realizar algún tipo de reparación deberán solicitar un permiso al ejecutivo porteño (a excepción que se trate de una emergencia) y hacer un deposito de garantía. El Gobierno porteño será el encargado del cierre definitivo de la apertura realizada en la vía publica, pero el costo del trabajo correrá por cuenta de la empresa. A su vez deberá notificará a las empresas inscriptas en el registro el cronograma de los planes de obra de pavimentación y de veredas que realizará para que ellas puedan dentro de los tres meses siguientes a la notificación realizar todos los trabajos pendientes de ejecución.



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