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Ignacio Di Toma Mues
Febrero 2007
Año VI | Edición N° 55
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Febrero 2007
La Subsecretaría de Higiene Urbana, presidida por Claudio Suárez, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, aprobó el reglamento para la constatación de la disposición, fuera de horario, de residuos domiciliarios y los mecanismos de advertencia que utilizará el cuerpo de promotores ambientales.
En septiembre de 2001, mediante la Ley N° 662, quedó establecido que “el servicio de recolección domiciliaria de residuos sólidos urbanos en la Ciudad de Buenos Aires se prestará con una frecuencia mínima de seis días semanales, de domingo a viernes, incluyendo el horario nocturno. El servicio se iniciará a las veintiuna horas (21 Horas.), por lo que el generador deberá colocar sus residuos en la vía pública con una antelación no mayor a una hora antes de iniciada la prestación.”. A su vez el Código de Faltas (Ley Nº 451) estipula que constituye una falta la disposición de los residuos fuera de los horarios permitidos o en recipientes antirreglamentarios.
La resolución de la subsecretaría, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en sus considerandos explica que “la problemática relativa a los residuos sólidos urbanos en la ciudad requiere de la implementación de nuevas acciones que conlleven a la consolidación de logros en materia de higiene urbana, como así también a la toma de conciencia por parte de la ciudadanía respecto de la responsabilidad primaria que les cabe en el manejo adecuado de los residuos”
En ese sentido la Ley Nº 1.854 (“Basura Cero”) establece pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos generados en la ciudad. En la resolución, la subsecretaría, explica que “de conformidad con los preceptos establecidos por la citada ley el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, eficacia, eficiencia y efectividad de las actividades de gestión de los residuos”.
Para dar cumplimiento con esta tarea en el año 2006 se crea el programa mediante el cual se conforma el Cuerpo de Promotores Ambientales.
Por I.D.M.
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
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