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Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Septiembre 2007
Año VI | Edición N° 62

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Septiembre 2007

Edicion Septiembre 2007


Emergencia habitacional en la Ciudad de Buenos Aires

En los próximos meses podrían
desalojar a más de 2 mil familias

La Defensora del Pueblo de la Ciudad, Dra. Alicia Pierini, presentó ante los legisladores porteño un informe referido a la situación habitacional en la ciudad que advierte sobre el incremento de los desalojos.

A mediados del mes julio de este año Pierini había presentado un proyecto de declaración ante la Legislatura en el cual se solicitaba a la Cámara de Apelación en lo Civil de la Nación “que disponga que los juzgados de primera instancia que actúan en juicios de desalojo ordenen previamente un informe socio ambiental de las personas desalojadas; en especial cuando éste afecte a menores de edad, ancianos o personas con necesidades especiales.”

En esa oportunidad la Defensora del Pueblo explicó que en los primeros 5 meses del año fueron desalojadas por la vía judicial 11.400 personas, mientras que durante todo el año 2006 fueron afectadas por esta medida 12.438 personas.

El informe en cuestión advierte sobre el incremento incesante de los desalojos y que en los próximos meses serán desalojadas 2.300 familias. Además detalla los datos brindados por la Oficina de Estadísticas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil del Poder Judicial de la Nación: durante el 2006 las causas ingresadas a la Justicia Nacional en concepto de desalojo –por falta de pago, por vencimiento de contrato, comodato, intrusos y otras causales- ascendieron a 4.833 y se dictaron 1.976 sentencias de desalojo. La Defensoría del Pueblo porteña calcula que en el año 2006 cerca de 20 mil personas pasaron a estar en emergencia habitacional en la ciudad.

Pierini expresó que “la situación de colapso actual es el resultado de años de políticas ineficaces que han demostrado una escasa capacidad para abordar y resolver este flagelo pero, esencialmente, es el resultado de un modo de concebir esta problemática como un hecho coyuntural”.

Por otro lado se da cuenta que el número de familias que en el cuarto trimestre del año 2006 solicitaron un subsidio vinculado al Programa de Atención a Familias en Situación de Calle se incremento un 595 % respecto del primer trimestre del mismo año.

Este programa, a cargo del Ministerio de Derechos Humanos del Gobierno porteño, informa la Defensoría, atendió durante todo el 2006 a 4.146 hogares en emergencia habitacional; y en lo que va del primer semestre de este año la cifra asciende a 3.657.

Por último, la Defensoría del Pueblo concluye y sugiere que se pongan en práctica las siguientes acciones:

  • Suspensión inmediata de los desalojos de inmuebles o predios de propiedad del Estado local y del Estado Nacional.
  • Declaración Legislativa de la Emergencia Habitacional en la Ciudad.
  • Transferencia inmediata de partidas presupuestarias que garanticen la asistencia de los grupos familiares que quedarán en situación de desalojo en los próximos meses.
  • Propiciar herramientas e instrumentos de coordinación con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y las autoridades locales de la Región Metropolitana del Gran Buenos Aires (AMBA) en materia habitacional y articular programas de vivienda entre ambas jurisdicciones.
  • Políticas de intervención en el mercado que faciliten el acceso a la vivienda de los sectores de menores recursos (políticas de incentivo a la producción de vivienda en áreas postergadas de la ciudad; incentivos a la producción de ciertas categorías de viviendas -“sencilla” o “confortable”-; desalentar el mantenimiento de tierras vacantes e inmuebles ociosos; entre otras).
  • Conformación efectiva de un Banco de Inmuebles con fines sociales que incorpore tierras e inmuebles del Gobierno de la Ciudad, del Estado Nacional o Provincial y tierras de dominio privado que resulten aptas para la construcción.
  • Inventariar y recuperar –afectándolos a programas de vivienda social- el Patrimonio Inmobiliario Estatal que no tenga un fin específico.
  • Desarrollo de Programas que aborden efectivamente la emergencia habitacional a través de políticas que asistan a las familias en el corto plazo y se articulen con operatorias de mediano y largo plazo que propicien soluciones sustentables.
  • Mecanismos de financiación y programas de subsidio a la demanda que sean eficaces, que aseguren un monto que viabilice la compra de inmuebles en el ejido urbano y modalidades y plazos de ejecución que se ajusten a la celeridad que presentan las transacciones inmobiliarias en el mercado privado.
  • Programas de subsidio a la oferta de viviendas que prioricen a los sectores de menores recursos.
  • Diseño consensuado de un Programa Integral de regularización de villas y asentamientos que reconozca explícitamente el derecho de la población residente a ocupar el espacio urbano en igualdad de condiciones con el resto de la ciudad. Para el caso de asentamientos que se emplacen en predios que no son susceptibles de ser urbanizados (terrenos lindantes con las vías del ferrocarril, bajo autopistas, etc) se debe asegurar la radicación de la población en tierras aptas cercanas a su lugar de emplazamiento.
  • Programas de viviendas transitorias
  • Programas de vivienda en arriendo y/o comodato para adultos mayores autoválidos y mujeres jefas de familia.
  • Promoción de políticas que favorezcan los procesos de autogestión del hábitat.


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