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Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Enero 2007
Año VI | Edición N° 54

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Enero 2007

Edicion Enero 2007


Ley de aprobación inicial

Proponen crear un área especial en la Chacarita para
la sepultura de ex Combatientes de Malvinas

En el Boletín Oficial, de fecha 19 de enero, se publicó la Ley (de aprobación inicial) (1) por la cual se destinará un área del Cementerio de la Chacarita para la sepultura de los ex Combatientes de Malvinas.

Esta norma, aprobada por la Legislatura porteña en la sesión del 14 de diciembre de 2006, establece en su primer artículo que “el Poder Ejecutivo destinará, a perpetuidad, un sector en el Cementerio de Chacarita para la sepultura de Veteranos de Guerra ex Combatientes de Malvinas.”

La Ley fija que el lugar será destinado a los ciudadano nacidos en la Ciudad de Buenos Aires, o que hubieran tenido domicilio real al momento de la convocatoria, y que cumpliendo el Servicio Militar Obligatorio hubiesen participado en efectivas acciones bélicas llevadas a cabo en las jurisdicciones del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), en el período comprendido entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

Al fallecimiento del veterano de guerra este contará con su respectiva lápida personal (los sepultados en las Islas Malvinas también tendrán su respectiva lápida) que llevará grabado el símbolo representativo del credo del ex Combatiente, nombre y apellido, fecha de nacimiento y deceso, y una leyenda que dirá: "Héroe de la Nación, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las Islas Malvinas". La norma también estipula que en caso de ser solicitado por la familia, los restos podrán ser velados en la Legislatura Porteña.

Por otra parte se establece que se construirá un oratorio que contará con su respectiva Llama Votiva y un lugar, que será representativo y ecuménico, donde se oficiarán los servicios religiosos según el credo del ex Combatiente.

Además se instalará un monumento alegórico a la Gesta de Malvinas y al combate que debieron enfrentar quienes allí descansan. También se instalará una placa de mármol y/o granito con la leyenda: "En Honor a los Caídos en Combate" donde figurarán todos los nombres de éstos.

Para los gastos del sepelio, el Poder Ejecutivo entregará en forma automática un subsidio equivalente a una vez y media el subsidio mensual y vitalicio que perciben los Ex Combatientes según la Ley Nº 1.075.

(1) Luego de la realización de una audiencia pública deberá tratarse su aprobación definitiva en la Legislatura.



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