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Mayo 2012

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Julio 2008
Año VII | Edición N° 72

Estación Villa Pueyrredón

Zamudio 5031 | Ciudad de Buenos Aires
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Julio 2008

Edicion Julio 2008


Programa de las cooperativas cartoneras

Basura cero con inclusión social

Cooperativa cartoneros el alamo

Las cooperativas de cartoneros “El álamo” y
“El Ceibo” presentaron el día viernes 18 de julio, en la sed de la Fundación AVINA, el programa "Basura Cero con inclusión social”. Alicia Montoya y Cristina Lezcano, en nombre de las cooperativas El álamo y El Ceibo, respectivamente, explicaron que la propuesta “preserva el medio ambiente, incluye a miles de personas y cumple con los objetivos de basura cero sin derrochar recursos...”.


A la presentación concurrieron representantes de las fundaciones Ambiente y Recursos Naturales (FARN); Ciudad y AVINA; además de las ong’s ambientalistas GAIA y Greenpeace. También estuvo presente Juan Manuel Velasco, autor de la Ley de Basura Cero, ex presidente de la Comisión de Ecología de la Legislatura y ex Ministro de Medio Ambiente en los últimos meses de la gestión Telerman.

Alicia Montoya anunció los lineamientos del acuerdo firmado el 7 de julio por el Ministerio de Ambiente y Espacio Público; las Cooperativas El Álamo, Ceibo, El Amanecer de los Cartoneros y Del Oeste, el Movimiento de Trabajadores Excluidos y los representantes de los cartoneros que viajaban en el tren blanco (ramales Retiro – Suárez y Zarate; Retiro – Tigre, Victoria – Capilla)

Lo más sustanciosos de este acuerdo es la “estatización” de la gestión integral de residuos reciclables con la participación directa de los cartoneros (ya sean independientes u organizados en cooperativas). Además se acordó que el gobierno porteño proveerá de la logística necesaria para el transporte de los materiales reciclables desde los lugares de generación hasta los centros verdes y plantas de acopio; finalizará los centros verdes de “El Ceibo”; “El Álamo” y “Del Oeste” y librará la orden de servicio para que la empresa URBASUR construya el correspondiente a la cooperativa “El Amanecer de los cartoneros”.

A su vez se reorganizará la recolección de materiales reciclables (resoluciones Nº 50 y Nº 808) separados en origen por los grandes generadores de manera de abastecer a los centros verdes. También quedó establecido que se iniciará una experiencia piloto en Villa Pueyrredón con la recolección de los materiables separados en origen por los grandes generadores, entre ellos los locales comerciales, gastronómicos y escuelas privadas, tal cual lo establece la Resolución Nº 808.

Por otra parte, Alicia Montoya (El Álamo), denunció que durante la gestión de Eduardo Epszteyn y Marcelo Vensentini, ex Ministros de Medio Ambiente de Ibarra y Telerman, respectivamente, se gastaron más de 40 millones de pesos por un servicio que no se brindó y que estaba reglamentado por la Resolución 50/2005. Las cooperativas cartoneras denunciaron el 1 de julio la existencia de una mafia en la Dirección de Limpieza que opera desde hace muchos años. El material reciclable que debía ser llevado a los centros verdes era desviado para negocios particulares.

Por este mismo servicio (recolección de la separación diferencia en origen) la facturación, de enero a mayo de este año, fue de 35 millones de pesos. El centro verde de la cooperativa El Ceibo está recibiendo apenas 100 kilos por día, cuando, por ejemplo, cualquier sucursal de Carrefour produce por día 250 kilos de papel y cartón. El centro verde del bajo Flores, inaugurado el 1 de mayo de 2006, está casi inactivo. Hasta ahora el Ministro de Ambiente, Juan Pablo Piccardo, se ha negado a efectivizar el pago y se comprometió a investigar.

En este sentido, el 14 de julio se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1.051 que ordena la disponibilidad de agente Gustavo Vizzolini, quien desempeñaba funciones en la Dirección General de Limpieza de la Subsecretaría de Higiene Urbana y tenía a su cargo la supervisión de los Coordinadores que verifican, entre otras cosas, el cumplimiento a las Resoluciones N° 50 y N° 808.

En los considerandos de la resolución, el Ministro Piccardo detalla que “tramita la denuncia pública, efectuada por cooperativas de recuperadores urbanos, respecto de una posible "mafia" en la órbita de la Dirección General de Limpieza” y que “conforme surge de la denuncia en cuestión, se estaría desviando hacia negocios particulares el material reciclable separado por grandes generadores, el que debería ser destinado a los recuperadores urbanos”.



RESOLUCIÓN N° 50

Establece la obligación de separar residuos domiciliarios
Buenos Aires, 17 de febrero de 2005.

EL SECRETARIO DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABL RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese la obligación, para los generadores denominados "Hoteles", de cuatro y cinco estrellas, edificios públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -administrativos-, Corporación Puerto Madero y edificios de propiedad horizontal que tengan una altura superior a 19 pisos radicados en el ejido de la Ciudad, de separar los residuos domiciliarios generados, y disponerlos en forma diferenciada, a partir del 20 de febrero de 2005.

Artículo 2° - Los generadores de residuos sólidos urbanos incluidos en el artículo 1° deberán cumplir con las modalidades y horarios coordinados por los contratistas del pliego de las bases y condiciones N° 6/03, dentro del servicio de recolección diferenciada.

Artículo 3° - Las contratistas del pliego de las bases y condiciones N° 6/03 deberán mantener permanentemente informados a los usuarios, del horario de recolección, la modalidad de prestación, la forma de identificación del personal, entre otros aspectos importantes, debiendo el personal de la contratista afectado al servicio de recolección diferenciada, estar especialmente instruido y dotado de uniforme con la inscripción bien visible del símbolo del reciclaje.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Medio Ambiente, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Higiene Urbana. Cumplido, archívese. Epszteyn



RESOLUCIÓN N° 808

Se establecen nuevos generadores responsables
Buenos Aires, 19 de octubre de 2007.

El MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese como generadores responsables obligados en los mismos términos que los dispuestos por la Resolución N° 640-MMAGC/07 a los siguientes sujetos:

a) Comercios, Industrias o Empresa de Servicios que posean más de10 (diez) empleados a su cargo por turno.
b) Bancos y Entidades Financieras o Aseguradoras.
c) Supermercados.
d) Centros Comerciales a Cielo Abierto, bajo el programa de gerentes urbanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e) Shooping o grandes centros comerciales en espacios cerrados.
f) Centros Educativos Privados en todos sus niveles.
g) Restaurantes.

Artículo 2° - Los plazos prescriptos en la Resolución N° 640-MMAGC/07 comenzarán a correr, en relación a los sujetos determinados como generadores responsables en el artículo 1° de la presente resolución, desde la entrada en vigencia de la misma, a excepción de aquellos plazos que se determine por virtud del procedimiento previsto en el artículo 5° de la Resolución N° 640-MMAGC/07, que será a partir del momento en que se firme la planificación acordada.

Artículo 3° - La Dirección General de Políticas de Reciclado Urbano, dependiente de este Ministerio, por delegación de este último, y mediante el dictado de las pertinentes disposiciones, tendrá a su cargo la coordinación de las acciones tendientes a procurar la recolección, por parte de los recuperadores urbanos debidamente inscriptos en el REPyME (Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas) y RUR (Registro Único Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los residuos sólidos urbanos secos generados por los sujetos establecidos en el articulo 1° de la presente resolución.

Artículo 4° - La Dirección General de Políticas de Reciclado Urbano, dependiente de este Ministerio, tendrá a su cargo las tareas de capacitación e información de los generadores establecidos en el artículo 1° de la presente resolución tendientes al logro de la adecuada disposición diferenciada de residuos.

Artículo 5° - Las consultas podrán ser dirigidas al Área de Generadores Responsables de la Dirección General de Políticas de Reciclado Urbano, dependiente de este Ministerio, personalmente en la calle Piedras 1281, 1° piso, vía e-mail a la casilla de correos electrónicos: generadoresresponsables@buenosaires.gov.ar, o telefónicamente al número 4307-0448/4307-5669/4300-2054/4300-2047 (interno 116).

Artículo 6° - Quienes incumplan con lo establecido precedentemente serán pasibles de sanciones conforme lo dispuesto en el punto 1.3.32, 1.3.33 y 1.3.34 Capítulo III, Libro II, Sección I, Anexo I, de la Ley N° 451 (Código de Faltas).

Artículo 7° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento, comuníquese a la Subsecretaría de Higiene Urbana y a la Dirección General de Políticas de Reciclado Urbano. Cumplido, archívese. Velasco



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