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Mayo 2012

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Mayo 2008
Año VII | Edición N° 70

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Mayo 2008

Edicion Mayo 2008


Legislatura: Proyectos de los bloques opositores

Convocatoria a elecciones comunales

Ante la negativa de Mauricio Macri a convocar a elecciones comunales, desde los distintos bloques de la Legislatura, que componen el arco opositor, se presentarán proyectos de ley para que los vecinos puedan elegir a las juntas de gobierno en cada una de las comunas; división política de la Ciudad de Buenos Aires establecida por la Constitución de la Ciudad y la Ley Nº 1.777.

Tanto el Frente pata la Victoria, como Dialogo por Buenos Aires, así como también la Coalición Cívica y el Partido Socialista, presentarán distintos proyectos para que finalmente sea la legislatura la que convoque a elecciones comunales. Es intención de los legisladores resolver este tema en la sesión del jueves 15 de mayo. Para lograr la aprobación de alguna de estas iniciativas se necesitarán 31 votos favorables.

Desde Dialogo por Buenos Aires se está trabajando para que el proyecto impulsado por el ex Jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, tenga el mayor consenso posible para lograr su aprobación. Hasta el momento contaría con el apoyo de la Coalición Cívica y el bloque Igualdad Social, y se espera que también hagan lo mismo el socialismo y el kirchnerismo.

Vale recordar que la Ley Nº 2.405, sancionada el 16 de agosto del año pasado establece en su artículo primero que “El Jefe de Gobierno convocará a elecciones para que el día 10 de agosto de 2008 se elijan las autoridades comunales, de acuerdo a lo establecido por el artículo 47, inciso c) de la Ley N° 1.777”.

El proyecto de Ibarra fija como nueva fecha al 24 de agosto. Los plazos que establece el Código Nacional Electoral, bajo el cual se rige la Ciudad de Buenos Aires, obligan al cambio de fecha. Ibarra, en los fundamentos de su proyecto, expresa que “ (para) dar cumplimiento a lo establecido por los diversos poderes del Estado a través de la ley 2405 y a fin de que las autoridades comunales puedan asumir el día 1 de septiembre, se hace necesario modificar la fecha de la elección de autoridades comunales para poder obedecer lo determinado por el Código Nacional Electoral" y agrega que "respecto de los plazos de convocatoria a elecciones y notificar a la autoridad electoral de la Ciudad, el Tribunal Superior de Justicia, de acuerdo a lo que permiten los tiempos legislativos. Por ese motivo es que convocamos la elección para el día 24 de agosto de 2008".



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