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Ignacio Di Toma Mues
Diciembre 2008
Año VII | Edición N° 77
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Diciembre 2008
El juzgado Nº 12 del Fuero Contencioso Administrativo Federal falló en contra del Gobierno de la Ciudad en una causa iniciada por la mamá de dos chicos con discapacidad, habitantes de la villa 31.
Patrocinada por la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI); Poder Ciudadano y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ); la Sra. Angelina Aguilera Penayo, madre de dos chicos de 3 y 9 años, ambos con discapacidad (atrofia espinal), presentó una acción de amparo ante el fuero Contenciosos Administrativo Federal contra el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad por la restricción y alteración del derecho a la educación.
Pelayo solicitó, como medida cautelar, que un vehículo escolar, en condiciones para trasladar a niños y adolescentes con discapacidad, pase a no más de 200 metros de sus viviendas. La mamá de estos dos chiquitos, señaló que sus hijos “presentan una discapacidad a causa de atrofia espinal. En el año 2007 tuvieron numerosas inasistencias al colegio, lo que no les impidió pasar de grado pero si imposibilitó adquirir conocimientos básicos, todo ello por la existencia de problemas en el acceso al transporte”.
La COPINE (Comisión para la plena participación e integración de las personas con necesidades especiales, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno) provee de un servicio de transporte escolar en la zona, pero éste pasa a quince cuadras de la vivienda de la Sra. Pelayo.
La demandante explicó que "el trayecto a recorrer, calles de tierra (cuando llueve se convierten en un lodazal) dificulta el traslado en sillas de rueda". También dio cuenta de la falta de adaptabilidad del vehículo para transportar personas con discapacidad y que los chicos deben ser llevados en brazos hasta el asiento, porque las puertas son angostas para el ingreso de las sillas de ruedas.
El Gobierno de la Ciudad, por su parte, solicitó a la justicia que se desestime el pedido, ya que éste estaba siendo tramitado por la vía administrativa. El pronunciamiento del juzgado Federal, rechazando la presentación del Ejecutivo porteño, fue contundente: “la existencia de tramitaciones administrativas sustanciadas desde comienzos de año, -sin que a la fecha se haya podido arbitrar una solución posible-, no hacen sino confirmar la ineficacia de los mismos frente a un problema concreto”. En cambio desvinculó de la causa al Gobierno Nacional ya que el servicio educativo y el transporte escolar se encuentran bajo la órbita de la Ciudad.
El falló, contra el gobierno porteño, finalmente obliga a éste a adecuar el vehículo y construir veredas que permitan la accesibilidad hasta el trasporte. “Que el núcleo habitacional se haya desarrollado sin planificación, no exime, a la autoridad local de las obligaciones pertinentes, resultando de especial significación a los efectos de la litis, el deber de acondicionar vías de circulación adecuadas, que resulten transitables en casos como el de autos, aún bajo condiciones climáticas desfavorables (lluvia)” afirma el dictamen judicial en unos de sus párrafos finales.
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra"; y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"
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