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Ignacio Di Toma Mues
Junio 2008
Año VII | Edición N° 71
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Junio 2008
La Subsecretaría de Trabajo porteña firmó las resoluciones que ponen en funcionamiento los regímenes Especial de Empleo para personas desocupadas mayores de 45 años y de Inserción Laboral para la Mujer a partir del 1º de julio. Estos regímenes especiales fueron aprobados por la Legislatura el 28 de junio de 2007 y el 6 de diciembre de 2005 respectivamente. Ambas leyes fueron reglamentadas en el año 2007.
La Dirección General de Empleo será la unidad ejecutora y las Oficinas de Intermediación Laboral, que actualmente funcionan en las sedes de los centros de gestión comunales, serán los lugares donde deberán concurrir los beneficiarios de estas leyes.
Las empresas que quieran tomar personal bajo estos regímenes tendrán que tener radicación en la Ciudad de Buenos Aires y deberán estar catalogadas como micro, pequeña o mediana. Además de otros requisitos que tienen que ver con no haber realizado despidos sin causa en un tiempo determinado, su situación impositiva, etc.
Para el caso del empleo que involucra a las personas desocupadas mayores de 45 años, la empresa recibirá un subsidio por trabajador contratado, que ira del 15 % al 30 % del salario mínimo. Este se entregará por el término de un año.
En cuanto a la inserción laboral de la mujer, se dará prioridad a las que estén inscriptas en programas sociales del Gobierno de la Ciudad o de la Nación. Las empresas recibirán un monto de 300 pesos como incentivo por cada contrato de trabajo siempre y cuando haya continuado la relación laboral luego de vencido el periodo de prueba. Este monto se eleva en un 100 % si la mujer contratada es una trabajadora con discapacidad. Este incentivo será por única vez.
Además se le dará a la empresa un subsidio mensual, por cada trabajadora contratada, por el término de un año. El valor de éste será equivalente al 25 % del sueldo básico de la categoría del convenio, y en caso de la trabajadora con discapacidad el mismo se duplicará.
En ambos regímenes, en el supuesto de despido de los trabajadores contratadas el subsidio caducara de forma inmediata debiendo la empresa reintegrar las sumas percibidas con mas los intereses a contar a partir de la fecha en que haya percibido el subsidio.
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra"; y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"
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