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Ignacio Di Toma Mues
Julio 2008
Año VII | Edición N° 72
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Julio 2008
Oficinas de Intermediación Laboral
Desde el pasado 3 de mayo funciona en el Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 12 una de las Oficinas de Intermediación Laboral (O.I.L.) cuya tarea es brindar, de forma gratuita, un servicio de vinculación entre quienes buscan empleo y las empresas que necesitan incorporar personal, es decir, articulan la oferta y la demanda laboral.
Estas oficinas dependen de la Dirección General de Empleo que pertenece a la Subsecretaría de Trabajo, y ésta a su vez del Ministerio de Desarrollo Económico, que tiene la responsabilidad de instrumentar planes, programas, proyectos y acciones orientados a la promoción del empleo.
La Oficina de Intermediación Laboral opera como una bolsa de trabajo, la gente interesada tiene que acercarse, en el horario de 9 a 13.30 horas, y dejar todos sus datos personales: qué estudios tiene; historia laboral y para qué desea postularse. Los requisitos son: ser mayor de 18 años, presentar DNI y el número de CUIL (si lo tuvo en algún momento y lo olvidó se puede sacar por computadora, pero si nunca lo sacó debe recurrir a la ANSES para obtenerlo antes de ir a la O.I.L.). En caso de ser extranjero debe poseer su residencia precaria.
De este modo, los vecinos que concurren a las Oficinas de Intermediación Laboral son incorporados a una base de datos. Luego, los pedidos de las distintas empresas llegan a la oficina central, Dirección General de Empleo, y desde allí lo bajan a las O.I.L., donde se realiza una búsqueda según el perfil requerido por la empresa (puesto, tareas a realizar, edad, estudios, experiencia, aptitudes personales,) y las condiciones contractuales (tipo de contrato, horarios, remuneración ofrecida, si hay comisiones, premios, viáticos, tickets).
Los datos de los seleccionados por cada O.I.L. son enviados a la oficina central, ubicada en Sarmiento 630, la que deriva a los elegidos a las empresas, y les avisa por medio telefónico dónde se tienen que presentar y qué documentación deben llevar.
Al entrar al C.G.P.C. Nº 12, en la primera sala de espera ubicada a la izquierad, encontrará en un escritorio a Mirtha dispuesta a tomar los datos de quien quiera entrar en la bolsa de trabajo. Ella nos cuenta que es un proyecto en conjunto con la Nación y que recién ahora está moviendose más "hubo como un receso debido a los cambios de autoridades, estuvo un poquito parado todo, pero ahora se le dio un nuevo impulso".
Además de brindar este servicio (la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza los derechos laborales en los artículos 43º y 44º de la Constitución porteña) se intenta fortalecer la participación de grupos de menor "empleabilidad" en el mercado laboral.
A su vez las Oficinas de Intermediación Laboral atienden a los beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar y, según la página oficial del Gobierno de la Ciudad, estas realizan la derivación a "instancias de terminalidad educativa y formación profesional".
Sin embargo, en la oficina del C.G.P.C Nº 12 nos informaron que ellos no brindan el servicio de capacitación, sino que se refiere a los cursos que se dictan en contra turno en las escuelas primarias públicas (computación, corte y confección, cocina, etc.). Los interesados deben anotarse por su cuenta en estos establecimientos educativos.
Regímenes de Inserción Laboral
Con el fin de estimular a las empresas para que tomen a quienes tienen mayores dificultades para encontrar trabajo (un sector discriminado por la mayoría de los empleadores) en el ámbito de la Ciudad además se crearon dos Regímenes de Inserción Laboral: uno para la Mujer (Ley Nº 1.892) y otro para Personas Desocupadas mayores de 45 años (Ley Nº 2.352).
Para las empresas que empleen mujeres la ley establece un subsidio a favor de éstas equivalente al 25% del valor del salario básico de la categoría del convenio asignada a cada trabajadora contratada; en aquellos casos en que la mujer sea una trabajadora con discapacidad (que cuente con el correspondiente certificado que así lo avale) el subsidio se duplicará. Además la empresa recibirá por única vez un monto fijo de 300 pesos por cada contrato, siempre y cuando haya continuado la relación laboral luego de vencido el periodo de prueba.
Cuando se contrate a personas mayores de 45 años, el subsidio directo a las empresas será del 15% del salario mínimo, vital y móvil (vigente a la fecha de contratación) por cada trabajador contratado; duplicándose si éste es discapacitado.
En ambos regímenes los subsidios serán por el término de un año, y en el supuesto caso de despido de los trabajadores contratadas el subsidio caducara de forma inmediata debiendo la empresa reintegrar las sumas percibidas con mas los intereses a contar a partir de la fecha en que haya percibido el subsidio.
Las empresas que quieran tomar personal bajo el marco de estas leyes deberán inscribirse en la Dirección General de Empleo, Sarmiento 630 Piso 12. Para esto deberán cumplir con ciertos requisitos, tales como: tener su radicación en la Ciudad de Buenos Aires; estar catalogadas como micro, pequeña o mediana; no haber realizado despidos sin causa en un tiempo determinado, situación impositiva en correcta forma, etc.
Por Mariana Vaccaro
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra"; y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"
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