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Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Julio 2009
Año VIII | Edición N° 84

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Julio 2009

Edicion Julio 2009


Proyecto de ley de la diputada Diana Maffía

"No reglamentar las leyes genera una deuda
con la democracia porteña"

Dos tercios de las leyes dictadas en la Ciudad de Buenos Aires aún no están reglamentadas por el Ejecutivo, lo que significa un escollo para poner en práctica esas leyes, incluso cuando algunas de éstas son fundamentales para el ejercicio efectivo de derechos inalienables de los porteños, como la Ley de Asistencia Alimentaria y Nutricional (Ley 105/98), la de Salud Reproductiva y Procreación Responsable (Ley 120/98) y la de Educación Sexual Integral (Ley 2110/06), o la de prevención y asistencia en el Consumo de Sustancias Psicoactivas (Ley 2318/07), entre otros.

En este sentido, la diputada de la ciudad por la Coalición Cívica, Diana Maffía, presentó dos nuevas iniciativas de ley para, por un lado, fijar un plazo de reglamentación para aquellas normas que no lo prevean en sus artículos y, por otro, salvaguardar el pleno ejercicio de los derechos estipulados en la Constitución Nacional y de la Ciudad a través de un procedimiento jurisdiccional excepcional, sencillo y breve.

La primera iniciativa está basada en el artículo 10º de la Constitución porteña que establece que "Los derechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de la reglamentación y ésta no puede cercenarlos".

La legisladora Maffía opinó que "las omisiones, diferencias de interpretación o falta de conocimiento de las leyes son un obstáculo severo para el establecimiento de un orden jurídico dentro de una comunidad organizada, además de presentar una cierta desidia de la autoridad responsable".

La segunda propuesta, por su parte, prevé la acción de "hábeas norma", una figura que tiene el objeto de proteger a una persona física o jurídica que encuentre obstáculos o se vea imposibilitada de ejercer un derecho consagrado legalmente por no estar reglamentada la ley que lo contempla.

Al momento, aproximadamente, dos tercios de las leyes dictadas en la Ciudad de Buenos Aires no tienen reglamentación. Algunas de ellas son la Ley 294/99 del Programa de Apoyo a la Investigación Científica y Tecnológica, la Ley 2597/07 de Cobertura Porteña de Salud, la Ley 2784/08 de Prevención y Asistencia Víctimas Violencia Familiar y Doméstica, la Ley 1878/05 del Programa Ciudadanía Porteña, la Ley 2598/07 de Salud Escolar y la Ley 937/02 de Trabajo Infantil, entre otras.

Por Luciana Aghazarian



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