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Ignacio Di Toma Mues
Octubre 2009
Año VIII | Edición N° 87
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Octubre 2009
A partir del debate por la nueva ley de medios audiovisuales, aprobada por el Congreso de la Nación, la Legislatura pareciera que se apresta a discutir por un lado, la creación de un Ente Autárquico de Radio y Televisión Públicas y por otro, desde la bancada oficialista, una ley de comunicación que cuestiona la competencia de la Nación como autoridad de regulación del espectro radioeléctrico contenido en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.
El proyecto de creación del Ente Autárquico de Radio y Televisión Públicas fue presentado, el 22 de septiembre en el salón J. D. Perón de la Legislatura, por el diputado porteño Juan Cabandié (autor del proyecto junto a Facundo Di Filippo), secundado por el interventor del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), Gabriel Mariotto; el diputado nacional Carlos Heller; y el Secretario de Cultura de la Nación, Jorge Coscia.
Por su parte el legislador del PRO, Oscar Moscariello, giró el 8 de octubre a la comisión de Comunicación Social, un proyecto denominado: “Ley para garantizar el derecho a comunicarse, requerir y difundir información a través de los medios de comunicación”.
En este caso, la propuesta “choca” con las competencias fijadas por la nueva “Ley de Medios Audiovisuales” votada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Ejecutivo Nacional. De aprobarse esta ley generará un conflicto entre estados que, seguramente, terminará por resolverse en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ente autárquico de Radio y Televisión Públicas
En cuanto a la iniciativa de Cabandié-Di Filippo, ésta pone en la órbita del ejecutivo local al ente que estará a cargo de la administración, operación, desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión de la ciudad. Hasta la fecha, el canal de cable Ciudad Abierta y la Radio de la Ciudad están a cargo de la Secretaría de Comunicación Social.
La norma establece que la administración del Ente estará en manos de un Directorio integrado por un presidente y cuatro directores, que serán nombrados por el Ejecutivo (el presidente y dos directores, uno a propuesta de los trabajadores) y la Legislatura de la Ciudad (los dos directores restantes a propuesta de la segunda y tercera minoría), y que durarán cuatro años en sus cargos.
También crea un Consejo Consultivo Honorario, que tendrá como tarea controlar el cumplimiento de los objetivos que fija la ley para el Ente de medios públicos. Sus integrantes, 13 en total, serán designados por la Legislatura cada dos años y estará conformado por un representante de la carrera de Comunicación Social de la Universidad de Buenos Aires; un representante por cada uno de los sindicatos que representen a los trabajadores de los medios de comunicación administrados por el Ente; un representante de los trabajadores de la educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; un representante de la carrera de Diseño de Imagen y Sonido de la Universidad de Buenos Aires; dos representantes de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos; un representante de organizaciones no gubernamentales representativas de públicos o audiencias; un representante de entidades u organizaciones de productores/as de contenidos de televisión educativa, infantil o documental; un representante del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo; un representante del Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creado por Ley 2587; tres representantes de la cultura, el arte y el pensamiento ciudadano, propuestos por la ciudadanía.
Otros dos puntos importantes son la cuota de programación y la regulación de la publicidad. Los contenidos, tanto para la radio como para televisión, deberán ser de producción propia, como mínimo, en un 50 % y en un 30 % producido por cooperativas u organizaciones no gubernamentales. Respecto a la temática, el 20 % del total de la programación será destinado a contenidos educativos, culturales, sanitarios y de bien público. Por último, la repetición de programas ya emitidos por las señales dependientes del Ente no podrá superar el 10% de la programación diaria.
Por su parte, la publicidad estará limitada: no deberá superar los 14 minutos por hora en servicios radiofónicos y 12 minutos en televisivos, y entre otros temas, prohíbe los anuncios publicitarios que estimulen el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco y promuevan la explotación y el consumo de juegos de azar.
Ley de Medios PRO
Con el pomposo título de “Principios generales para garantizar el derecho de los habitantes de la Ciudad a comunicarse, requerir y difundir información a través de medios de comunicación sonora y audiovisual y transmisión de datos”, el macrismo presentó su propia ley de medios. El proyecto define que “el espectro radioeléctrico contenido en el espacio aéreo de la Ciudad de Buenos Aires es un recurso natural de su dominio originario, y es inalienable e imprescriptible”.
En base a esta definición establece que “la utilización del espectro radioeléctrico en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la radiodifusión sonora o televisiva abierta o por suscripción hacia receptores fijos o móviles, por emisoras o retransmisores terrestres o satelitales; habilita a la Ciudad a la percepción de regalías o derechos de explotación” y que será la Ciudad de Buenos Aires quien tenga la competencia para su fijación “sin perjuicio de la competencia federal para el dictado de normas regulatorias de su uso, administración, gestión y control”.
El proyecto avanza en el otorgamiento de las licencias y la regulación, competencia que hasta la fecha está en manos de la jurisdicción federal. La iniciativa legislativa del PRO faculta a la Ciudad de Buenos Aires a “otorgar, suspender y determinar la caducidad de licencias para la explotación de radiofrecuencias cuya zona de cobertura alcance total o parcialmente su territorio” y contempla que, en caso de que “la zona de cobertura exceda los límites territoriales de la Ciudad, la habilitación del servicio requerirá la suscripción del convenio interjurisdiccional que resulte pertinente”.
En cuanto a los contenidos la iniciativa es muy explicita: “La determinación, libre selección, producción y emisión de la programación de los servicios alcanzados en la presente ley es un derecho de su titular; no contemplando la Ciudad, regulaciones de carácter imperativo en materia de temática ni origen de la producción de los contenidos a emitir”.
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra"; y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"
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