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Ignacio Di Toma Mues
Noviembre 2009
Año VIII | Edición N° 88
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Noviembre 2009
En la Comisión de Comunicación Social de la Legislatura comenzará a tratarse la creación del Ente Autárquico de Radio y Televisión públicos y dos proyectos que cuestionan la competencia de la Nación como autoridad de regulación del espectro radioeléctrico contenido en el ámbito de la ciudad.
A partir del debate por la nueva ley de medios audiovisuales, aprobada por el Congreso de la Nación, la Legislatura se apresta a discutir por un lado, la creación del Ente Autárquico de Radio y Televisión Públicas y por otro, dos proyectos de ley de medios de comunicación que cuestionan la competencia de la Nación como autoridad de regulación del espectro radioeléctrico contenido en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.
El proyecto de creación del Ente Autárquico de Radio y Televisión Públicas, elaborado por Juan Cabandié, del bloque kirchnerista Encuentro para la Victoria y Facundo Di Filippo, de la Coalición Cívica, fue presentado en sociedad el 22 de septiembre en el salón Juan Domingo Perón de la Legislatura.
Cabandié explicó los lineamientos de la iniciativa secundado por el interventor del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), Gabriel Mariotto; el diputado nacional Carlos Heller; y el Secretario de Cultura de la Nación, Jorge Coscia.
Por su parte el legislador del PRO, Oscar Moscariello, giró a la comisión de Comunicación Social, dos proyectos: uno denominado: “Ley para garantizar el derecho a comunicarse, requerir y difundir información a través de los medios de comunicación” y otro con el título de “Ley de garantía de las libertades de expresión y prensa en la comunicación audiovisual”.
Estas dos últimas propuestas “chocan” con las competencias fijadas por la nueva “Ley de Medios Audiovisuales” votada por el Congreso de la Nación (y promulgada por el Ejecutivo Nacional). De ser aprobadas indefectiblemente se producirá un conflicto de poderes que deberá saldar la Corte Suprema de la Nación.
Ente autárquico de Radio y Televisión Públicas
La iniciativa de Cabandié-Di Filippo pone en la órbita del ejecutivo local al Ente Autárquico que estará a cargo de la administración, operación, desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión de la ciudad, tal cual lo establece la Constitución de la Ciudad en su artículo 47°. Hasta la fecha, el canal de cable “Ciudad Abierta” y “LS1 Radio de la Ciudad” están a cargo de la Secretaría de Comunicación Social.
La norma establece que la administración del Ente estará en manos de un Directorio integrado por un presidente y cuatro directores. El presidente y dos directores (uno de ellos a propuesta de los trabajadores) serán nombrados por el Ejecutivo y la Legislatura a los dos directores restantes a propuesta de la segunda y tercera minoría. Los miembros del directorio durarán cuatro años en sus cargos.
También crea un Consejo Consultivo Honorario, que tendrá como tarea controlar el cumplimiento de los objetivos que fija la ley para el Ente de medios públicos. Sus integrantes, 13 en total, serán designados por la Legislatura cada dos años y estará conformado por un representante de la carrera de Comunicación Social de la Universidad de Buenos Aires; un representante por cada uno de los sindicatos que representen a los trabajadores de los medios de comunicación administrados por el Ente; un representante de los trabajadores de la educación de la ciudad; un representante de la carrera de Diseño de Imagen y Sonido de la Universidad de Buenos Aires; dos representantes de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos; un representante de organizaciones no gubernamentales representativas de públicos o audiencias; un representante de entidades (u organizaciones) productoras de contenidos de televisión educativa, infantil o documental; un representante del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo; un representante del Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social de la Ciudad creado por Ley 2587 y tres representantes de la cultura, el arte y el pensamiento ciudadano, propuestos por la ciudadanía.
Dos puntos importantes del proyecto de Cabandié-Di Filippo son, por un lado, el que fija una cuota de programación y por otro, el que regula la publicidad.
Los contenidos, tanto para la radio como para televisión, deberán ser de producción propia, como mínimo, en un 50 % y en un 30 % producido por cooperativas u organizaciones no gubernamentales. Respecto a la temática, el 20 % del total de la programación será destinado a contenidos educativos, culturales, sanitarios y de bien público. Por último, la repetición de programas ya emitidos por las señales dependientes del Ente no podrá superar el 10% de la programación diaria.
Por su parte, la publicidad estará limitada: ésta no deberá superar los 14 minutos por hora en servicios radiofónicos y 12 minutos en los televisivos. Además prohíbe los anuncios publicitarios que estimulen el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco y promuevan la explotación y el consumo de juegos de azar.
Leyes de Medios PRO
Los dos proyectos presentados por Moscariellos tienen dos definiciones precisas: “el espectro radioeléctrico contenido en el espacio aéreo de la Ciudad de Buenos Aires es un recurso natural de su dominio originario, y es inalienable e imprescriptible” y que la Ciudad regulará “la prestación de servicios de difusión de señales, programas y contenidos audiovisuales cuyo soporte técnico de transmisión se realice mediante vínculos físicos que configuren redes ubicadas dentro de los límites territoriales de la ciudad.
En base a estas definiciones se establece que “la utilización del espectro radioeléctrico en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la radiodifusión sonora o televisiva abierta o por suscripción hacia receptores fijos o móviles, por emisoras o retransmisores terrestres o satelitales; habilita a la Ciudad a la percepción de regalías o derechos de explotación” y que será la Ciudad quien tenga la competencia para su fijación “sin perjuicio de la competencia federal para el dictado de normas regulatorias de su uso, administración, gestión y control”.
La iniciativa de Moscariello pone en manos del estado porteño el otorgamiento de las licencias y la regulación del espectro radioeléctrico, competencias que hasta la fecha estaban en manos de la jurisdicción federal. También le da la potestad de “otorgar, suspender y determinar la caducidad de licencias para la explotación de radiofrecuencias cuya zona de cobertura alcance total o parcialmente su territorio” y contempla que, en caso de que “la zona de cobertura exceda los límites territoriales de la Ciudad, la habilitación del servicio requerirá la suscripción del convenio interjurisdiccional que resulte pertinente”.
En cuanto a los contenidos, una de los proyectos de ley, titulado ‘‘Ley para garantizar el derecho a comunicarse, requerir y difundir información a través de los medios de comunicación’’, es muy explícito: “La determinación, libre selección, producción y emisión de la programación de los servicios alcanzados en la presente ley es un derecho de su titular; no contemplando la Ciudad, regulaciones de carácter imperativo en materia de temática ni origen de la producción de los contenidos a emitir”.
La iniciativa denominada “Ley de garantía de las libertades de expresión y prensa en la comunicación audiovisual” reconoce tres tipos de operadores: de gestión estatal; de gestión privada con fines de lucro y de gestión privada sin fines de lucro, y no establece cantidad máxima de licencias por cada operador.
La publicidad tendrá limitaciones en su tiempo de emisión idénticas a las establecidas en el proyecto de creación del “Ente Autárquico de Medios”.
A su vez crea la Agencia de Medios y Libertad de Prensa (ALIP) que será la autoridad de aplicación y tendrá el carácter de entidad estatal descentralizada, autónoma y autárquica, con autonomía funcional y financiera. La ley además le otorga a esta agencia la capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.
La ALIP estará conformada por un Consejo Directivo integrado por un presidente designado por el Jefe de Gobierno, con rango de Secretario de Estado; por un Tribunal Administrativo integrado por tres miembros; y por un Director Ejecutivo.
El proyecto fija que los integrantes del Consejo Directivo serán designados por el Poder Ejecutivo sobre la base de un concurso público de antecedentes y oposición con el acuerdo de la Legislatura.
El concurso será sustanciado ante un tribunal convocado por la Jefatura de Gobierno integrado por un miembro de la Academia Nacional de Periodismo; uno designado por el Rectorado de la Universidad de Buenos Aires y el restante a propuesta del Centro Argentino de Ingenieros.
También crea un órgano asesor de la autoridad de aplicación: el Consejo de Libertad de Expresión integrado por un representante de la Sociedad Argentina de Escritores; un representante de la Cámara Argentina de Anunciantes; un representante de la Academia Argentina de Comunicación; un representante de la Academia Argentina de Letras; un representante de la Academia Nacional de Periodismo; un representante de la Academia Nacional de Educación; un representante del Ministerio de Cultura de la Ciudad; tres miembros de los sindicatos de los trabajadores de los medios de comunicación social con personería jurídica nacional y tres vocales en representación del sector empresario local de la actividad.
Ignacio Di Toma Mues
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