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Mayo 2012

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Octubre 2010
Año IX | Edición N° 99

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Octubre 2010

Edicion Octubre 2010


Camino a la descentralización de la ciudad

Designación de sedes comunales y
jornadas de capacitación

En la sesión del jueves 7 de octubre, la Legislatura sancionó, entre otras leyes, dos que están vinculadas a la descentralización y división en comunas de la ciudad de Buenos Aires y que buscan garantizar, por un lado la realización de encuentros de formación y capacitación pública sobre este proceso y por otro, la designación de las sedes y subsedes de las comunas con en un plazo no mayor a 90 días anteriores a las elecciones de la juntas comunales.

La norma que propone los encuentros de capacitación, cuya autoría corresponde al legislador Raúl Fernández (Encuentro Progresista), está fundamentada en el cumplimiento del Artículo 4º de la Ley 3.233 sancionada en octubre de 2009. En el inciso (a) de éste artículo se establece que el Poder Ejecutivo deberá iniciar un programa intensivo de difusión y formación pública relacionado con el proceso de descentralización.

Las jornadas de capacitación y formación deberán aportar, explicita la ley, “conocimientos teóricos y prácticos que permitan a los cursantes adquirir conceptos relacionados con la administración pública y el proceso de descentralización política y administrativa” y estarán dirigidos a “ciudadanos en condiciones de elegir y/o ser elegidos autoridades comunales; líderes comunitarios y representantes de organizaciones vecinales y partidos políticos y gentes de los Centros de Gestión y Participación Comunal”. La Jefatura de Gobierno será la autoridad de aplicación de esta ley y deberá garantizar “la oferta permanente de cursos, de manera descentralizada en cada una de las 15 Comunas”.

En cuanto a la designación de las sedes y subsedes con anterioridad a la elección de las autoridades comunales – fijada para el 5 de junio de 2011 – la ley sancionada establece que las localizaciones serán fijadas por la Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, aunque hace la salvedad que éstas deberán ser consultadas con los Consejos Consultivos existentes o Preconsejos Consultivos Comunales.

La legisladora de Diálogo por Buenos Aires, María Elena Naddeo, autora del proyecto, argumentó que “ante la preocupación elevada por los vecinos en los distintos espacios de discusión del tema Comunas, Bipartita, reuniones de Consejos Consultivos, y sumado a ello que estamos atravesando el proceso de transición hacia la elección de Juntas Comunales cuyo acto electoral está previsto para el 5 de Junio del 2011, según lo normado por el artículo 1º de la Ley 3233, resulta necesario que queden establecidos los lugares físicos donde habrán de tener sus sedes las Juntas Comunales”.



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