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Mayo 2012

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Febrero 2010
Año IX | Edición N° 91

Estación Villa Pueyrredón

Zamudio 5031 | Ciudad de Buenos Aires
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Febrero 2010

Edicion Febrero 2010


Todo un record

En un mes Macri vetó 18 leyes

El Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, haciendo uso de las atribuciones que le otorga la Constitución de la ciudad vetó un total de 18 leyes, 5 de ellas en forma parcial. Los decretos del ejecutivo fueron publicados en el Boletín Oficial en el periodo comprendido entre el 8 de enero y el 3 de febrero.

De las normas vetadas podemos destacar las siguientes, muchas de ellas sancionadas con amplio consenso: Creación de un Fondo para la Localización y Restitución de Niños/as Secuestrados/as y/o Nacidos/as en Cautiverio en Argentina; Implementación de la Libreta de Salud de Niñas, Niños y Adolescentes; Violencia de Género en los Medios de Comunicación - Tratamiento Periodístico; Creación de la Oficina Contra la Trata de Personas; Prevención, Detección Precoz y Rehabilitación del Síndrome de Desgaste Laboral Crónico; Creación del Comité contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; Modificación del Programa de Becas Educación Superior.

Es de destacar que las leyes sancionadas por la Legislatura deben ser promulgadas por el Ejecutivo y luego publicadas en el Boletín Oficial para que tengan plena vigencia. En muchos casos para que las normas puedan ser aplicadas deben ser reglamentadas también por el ejecutivo.

A su vez los artículos 87 y 88 de la Constitución local establecen que el Poder Ejecutivo puede vetar total o parcialmente un proyecto de ley expresando los fundamentos de tal medida. En ambos casos la Legislatura puede aceptar el veto, total o parcial, con la misma mayoría requerida para su sanción o insistir en el proyecto original con mayoría de dos tercios de sus miembros. La Constitución además fija que “(…) si no se logra la mayoría requerida, el proyecto no puede volver a considerarse en ese año legislativo”.

Si el ejecutivo no promulga (ni veta) la ley en el plazo de diez días hábiles a partir de su recepción, ésta queda promulgada de hecho.

Por último las leyes deben publicarse en el Boletín Oficial dentro de los diez días hábiles posteriores a su promulgación.


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Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO

Mural Madres Plaza de Mayo

Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra"; y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"

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