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Ignacio Di Toma Mues
Mayo 2010
Año IX | Edición N° 94
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Mayo 2010
El Defensor Adjunto del Pueblo, Atilio Alimena, llevó adelante una actuación de oficio respecto al cumplimiento de la Ley 1.356 en lo que se refiere a vehículos de carga y de transporte automotor de pasajeros. Esta norma, sancionada en junio de 2004, tiene como fin “la regulación en materia de preservación del recurso aire y la prevención y control de la contaminación atmosférica” y es de aplicación “a todas las fuentes públicas o privadas capaces de producir contaminación atmosférica” en el ámbito de la Ciudad.
La adjuntía en su informe afirmó que “la afectación al ambiente es en un 80% consecuencia de las emisiones producidas por el transporte automotor de pasajeros, lo cual puede generar serias afecciones en las vías respiratorias de las personas, como así también, provocar irritación de ojos, dolor de cabeza, etc.” y recomendó a la Presidenta de la Agencia de Protección Ambiental, ingeniera Graciela Gerola, que en lo atinente a las unidades de transporte automotor de pasajeros que cuenten con más de diez años de antigüedad se proceda a: "Instrumentar un registro de unidades en servicio; arbitrar un sistema de Revisión Técnica Obligatoria en el ámbito de la Ciudad, independientemente del cumplimiento que los propietarios de las unidades de transporte realicen ante las autoridades nacionales; efectuado el control ante las autoridades competentes de la Ciudad y habiendo dado cumplimiento a las exigencias previstas en la legislación vigente en la Ciudad, se otorgue una identificación (oblea) a los efectos de facilitar el control de la unidad en la vía pública".
En los fundamentos de la actuación, el Defensor adjunto, expresó que “son múltiples los reclamos de vecinos de la Ciudad con referencia a la contaminación que generan algunas unidades de transporte automotor de pasajeros, como resultado de la emisión de humo negro o bien por el elevado nivel de ruido proveniente de (los) motores”.
La Dirección General de Control de la Agencia de Protección Ambiental porteña, por solicitud de Alimena, realizó controles y verificaciones a distintas unidades que evidenciaban aparentes desviaciones en cuanto al cumplimiento de la normativa ambiental. De esta manera se pudo constatar que en líneas generales, las unidades controladas presentaban exceso de emisión de humo negro.
El Defensor Adjunto advirtió que en estos controles, en algunos casos, “no se pudo individualizar la unidad por no coincidir el número de dominio tomado en la vía pública con la unidad de la línea en cuestión, lo cual imposibilitó inspeccionar la unidad y dejó abierta la duda con respecto a la real utilización a diario de placas patentes correspondientes al dominio de las unidades”.
Por otra parte Alimena aseguró que “las desviaciones comprobadas obedecen en general al mal estado de las unidades en función de la antigüedad, que supera ampliamente el plazo previsto como vida útil para el transporte automotor de pasajeros establecido originalmente en la Ley Nacional 24.449” y dio cuenta de las distintas prorrogas otorgadas por la Secretaria de Transporte de la Nación “para la renovación de unidades de transporte de pasajeros”.
Actualmente está autorizado el funcionamiento de unidades de hasta 20 años de antigüedad, debiendo pasar una revisión técnica obligatoria cada cuatro meses. Se debe tener en cuenta que en la Región Metropolitana circulan cerca de 9 mil unidades de trasporte público de pasajeros, y gran parte de ellos ingresan a la Ciudad.
En cuanto a los controles, afirmó Alimena, “es, en teoría, fiscalizado por la Secretaría de Transporte de la Nación, pero en la práctica se constata una clara desviación, pues los controles realizados por las autoridades competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires demuestran que no se cumplen los parámetros establecidos por las leyes vigentes en la Ciudad” y agregó que “la situación descripta pone a los vecinos de la Ciudad en una evidente situación de indefensión. Las autoridades locales deben recurrir para los controles a operativos que no siempre permiten controlar y verificar a la totalidad de las unidades denunciadas y menos aún detectar a las unidades con mayor antigüedad a la permitida”.
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
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