Visitas únicas mensuales

website tracking stats

Mayo 2012

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Noviembre 2011
Año X | Edición N° 112

Estación Villa Pueyrredón

Zamudio 5031 | Ciudad de Buenos Aires
redaccion@elbarriopueyrredon.com.ar
Reg. Prop. Intelectual 802.024 / Ley 11.723


Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Noviembre 2011

Edicion Noviembre 2011


Aprobaron revalúo inmobiliario

El pago mínimo anual será de 600 pesos

La Legislatura sancionó la modificación del Código Fiscal y la Ley Tarifaria para el próximo año, que permitirá al Gobierno de la Ciudad, a partir de marzo del año que viene, modificar la base imponible del impuesto Inmobiliario.

Esta medida producirá, según informaron desde el Ministerio de Hacienda, un aumento de la recaudación en este tributo del 66 % (alrededor de 924 millones de pesos).

Las modificaciones introducidas en el tributo inmobiliario - que en el primer año podrán generar hasta un 300 % de aumento - establecen cambios en la base imponible, un monto mínimo anual de 600 pesos y pagos mensuales en vez de bimestrales. Asimismo el Ejecutivo aplicará un descuento por pago anticipado del 20% de la tasa anual.

Funcionarios de Hacienda estimaron que de las más de 1.700.000 partidas existentes, actualmente la mitad paga menos de 600 pesos anuales. Respecto a los aumentos esperados, calculan que el 62 % pagará hasta 500 pesos más por año, un 32 % sufrirá subas de 562 pesos en promedio y en ningún caso el aumento anual superará los 2.000 pesos.

Por otra parte, se mantendrán 115.000 partidas que actualmente están exentas. “Las futuras exenciones a jubilados y personas con discapacidad se mantendrán con los mismos parámetros actuales” aseguraron desde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

Valuación Fiscal Homogénea

La norma sancionada fija que para la valuación de cada inmueble se tendrá en cuenta “las características del suelo, su uso, las edificaciones y otras estructuras, obras accesorias, instalaciones del bien, ubicación geográfica, disposición arquitectónica de los materiales utilizados, cercanía con centros comerciales, de esparcimiento, con espacios verdes y vías de acceso”.

Los porteños, que a partir de marzo comenzarán a sentir en los bolsillos las nuevas pautas de “avalúo”, deberán aprender dos nuevos términos que fijarán el monto del impuesto: Valuación Fiscal Homogénea (VFH) y Unidad de Sustentabilidad Contributiva (USC)

Estos dos parámetros, definidos en el Código Fiscal, establecerán los nuevos valores sobre los que se aplicarán las alícuotas definidas en la Ley Tarifaria 2012.

Hay que tener en cuenta que la Valuación Fiscal Homogénea es la suma del valor real del terreno (costo del metro cuadrado edificable según ubicación geográfica y distrito de zonificación) más el valor real de edificación, que estará ponderado por el costo de la superficie construida y su antigüedad (coeficiente de depreciación). El valor total del VFH no podrá superar el 20 % del valor real de mercado.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos deberá fijar la metodología para determinar la Valuación Fiscal Homogénea y publicarla en el Boletín Oficial de la Ciudad y remitir a la Legislatura - antes del 31 de julio de cada año - los valores reales de edificación que utilizará y del metro cuadrado de terreno (según su máxima edificabilidad) para el ejercicio fiscal siguiente.

Calculo del impuesto

El monto final estará integrado por dos alícuotas, una referida al impuesto inmobiliario y otra a la tasa por prestación de servicios. Los valores resultantes estarán basados en el parámetro que resulte de multiplicar la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) con la Unidad de Sustentabilidad Contributiva (USC igual a 4 para el año 2012) que tendrá un tope máximo equivalente al 80 % del valor real de mercado del inmueble.

Sobre este resultado se aplicarán las alícuotas establecidas en la Ley tarifaria.

  • Tasa por prestación de servicios: 0,5 % del monto resultante (VFH x USC)
  • Impuesto Inmobiliario: cuota fija (0 a 6.300 pesos anuales) más un porcentaje que variará del 0,4 al 0,7 %, según el monto resultante (VHF x USC)

A su vez se determinó que ningún contribuyente pagará menos de 600 pesos anuales y se mantiene lo estipulado a partir del 2008 que establece que el impuesto anual nunca podrá superar el 1 % del valor de mercado de la propiedad.

También se limitó el porcentual de aumento respecto al año anterior. Para los que actualmente tiene una relación entre valuación fiscal y valor de mercado menor al 5 % el aumento del impuesto respecto del año 2011 no podrá ser mayor al 300 %, para aquellos que se ubiquen entre el 5 y el 10 % el tope será del 200 % y para los que superen el 10 % se limitará al 100 %. Esto regirá solamente para el año 2012.



Volver

Ir a Inicio

Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO

Mural Madres Plaza de Mayo

Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra";
y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"

© Todos Los derechos Reservados 2011 ~ Rei-Elk ~