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Ignacio Di Toma Mues
Junio 2011
Año X | Edición N° 107
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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON
Edicion Junio 2011
La Legislatura aprobó en primera lectura que dentro de los establecimientos e inmuebles en los que funcionen salas de juego, habilitados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, se prohíba el funcionamiento y la instalación de cajeros automáticos bancarios o máquinas expendedoras de dinero o de espacios de actividades relacionadas con préstamos pignoraticios de dinero contra entrega de documentos, cheques o empeño o compra de bienes.
El objetivo de esta ley, que deberá discutirse en audiencia pública y volver a tratarse en el recinto en segunda lectura, es prevenir la ludopatía.
En tanto el artículo tercero aprobado por 32 votos -hubo 2 en contra- busca prohibir la instalación de nuevas salas de juegos a una distancia menor a 200 metro de cajeros automáticos o de máquinas o espacios que permitan al jugador proveerse de dinero.
De recibir sanción definitiva la ley, dentro de los sesenta días de su promulgación, el Ejecutivo "deberá adoptar las medidas pertinentes para el retiro de todos los cajeros automáticos bancarios o máquinas expendedoras de dinero que se encuentren situados en los inmuebles en los que funcionen salas de juego".
Fuente: Prensa de la Legislatura de la Ciudad
Mural reivindicativo de la lucha de las MADRES DE PLAZA DE MAYO
Salón de actos del establecimiento que en Villa Urquiza alberga al Liceo Nº 11 "Cornelio Saavedra";
y a los Colegios Nº 12 "Reconquista" y Nº 16 "Guillermo Rawson"
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