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MAYO 2013

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Diciembre 2011
Año X | Edición N° 100

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Diciembre 2011

Edicion Diciembre 2011


La Defensoría del Pueblo reclamó ante el Ministerio de Cultura

Solicitó que se regularicen los subsidios
a las Bibliotecas Populares porteñas

Por atrasos en los desembolsos de los subsidios a las Bibliotecas Populares porteñas la Defensoría del Pueblo de la Ciudad pidió al Ministro de Cultura, Hernán Lombardi, que se regularicen los pagos conforme lo establecido por Ley 2.035.

A su vez la Defensoría destacó que "la información que brinda el Ministerio de Cultura en la propia página web del Gobierno de la Ciudad no se encuentra actualizada con los últimos pagos" y aseguró que "en la mayoría de los casos la ayuda gubernamental resulta ser la única fuente de ingresos importante con la que cuentan las bibliotecas para desarrollar su actividad".

El subsidio mensual ordinario, cuyo monto es el equivalente a dos remuneraciones mínimas del personal de planta permanente del Ministerio de Cultura, actualmente asciende a 5.753 pesos.

También se otorgan subsidios especiales para la compra de material bibliográfico, el desarrollo de proyectos y actividades de animación socio-cultural y recreación y el mantenimiento edilicio, mobiliarios y equipamiento informático. Este beneficio especial no puede se mayor al 50% del total anual correspondiente a los subsidios ordinarios recibidos por cada biblioteca.

Para registrarse como beneficiarias las Bibliotecas Populares deben cumplir con los requisitos enmarcados en la Ley 2.035 (sancionada el 13 de julio de 2006 y reglamentada el 7 de septiembre de 2007) que tiene como objeto proteger, desarrollar y fomentar este tipo de entidades culturales.

La norma mencionada anteriormente define a estas instituciones como "Asociaciones Civiles con Personería Jurídica, nacidas por iniciativa de la comunidad y dirigidas por sus socios, que posean una colección de libros o materiales similares idóneos a disposición pública, sin discriminación alguna con la finalidad de brindar información, formación, recreación y animación cultural, acordes con las necesidades y los intereses del medio en el cual desarrolla sus servicios, debiendo tener su sede y prestar servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estar reconocidas por la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares".

En total están inscriptas 29 bibliotecas públicas, de las cuales 24 son bibliotecas generales (7 de ellas con anexo infantil y una con anexo bilingüe), dos bibliotecas infantiles: Enrique Banchs y Álvaro Yunque, una biblioteca de Género: Biblioteca de la Mujer, una biblioteca de Poesía: Biblioteca Evaristo Carriego, y una biblioteca de Narrativa Moderna: Biblioteca Julio Cortázar.

Las Bibliotecas Populares, muchas de ellas centenarias, para recibir el subsidio deben poseer material bibliográfico en número proporcional al movimiento de lectores, organizar y sostener un servicio de préstamos a domicilio, poseer salón de lectura en su sede abierto al público en general, organizar servicios de referencia y extensión bibliotecaria en función de las necesidades de los usuarios y la comunidad, establecer y mantener actualizados los registros bibliográficos mediante los sistemas actualmente en servicio o los que se incorporen en el futuro y tener habilitada la atención al público no menos de veinte horas semanales en horario establecido de acuerdo a las necesidades de la zona y no menos de diez meses en cada año.



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