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MAYO 2013

Director Propietario & Editor Responsable

Ignacio Di Toma Mues


Julio 2012
Año XI | Edición N° 107

Estación Villa Pueyrredón

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Periodico
EL BARRIO VILLA PUEYRREDON

Tapa Periódico Julio 2012

Edición Julio 2012


Investigación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

La sede del Registro de Obras y Catastro
incumple con el Código de Edificación

La Defensoría del Pueblo porteña denunció el incumplimiento del Código de Edificación en la propia sede de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Esta repartición del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires otorga el registro para las obras civiles, públicas y privadas, nuevas o remodeladas, así como todas las instalaciones necesarias para un correcto funcionamiento. Entre sus responsabilidades debe controlar el estado y la aplicación de las normas urbanísticas y de edificación, que en su propia sede no respeta, ni aplica.

El edificio donde funciona esta dependencia, ubicado en los pisos 2º y 3º del Edificio Del Plata en la calle Carlos Pellegrini 211, se encuentra en condiciones edilicias y de seguridad deficientes.

El 19 de enero de 2011, la Defensoría del Pueblo porteña emitió una resolución en la que solicitó la adecuación de la situación edilicia y condiciones de seguridad del inmueble. Asimismo, la Defensoría se expidió en reiteradas oportunidades sobre la temática de las condiciones de seguridad en el empleo público local. En particular, se señaló que la administración debe resguardar la integridad física del personal y los elementos afectados a la prestación del servicio, para lo cual debe proporcionar los medios e implementar las acciones que garanticen las condiciones de seguridad en el ámbito de trabajo. En el mismo sentido, se expresa: "El Estado tiene el derecho y el deber de velar por la conservación del dominio público. Ese deber de protección del dominio público es inexcusable, pues todas las normas que regulan la actuación de la Administración Pública en su relación con el dominio público están establecidas en interés público".

Con el fin de constatar las actuales condiciones de las instalaciones del lugar, personal perteneciente al Área Técnica de Arquitectura y Espacios Públicos de la Defensoría efectuó una visita de observación donde advirtió que el edificio no cuenta con escaleras de emergencia y que no fue adecuado a las normativas vigentes en relación a seguridad contra incendios, todas irregularidades en franca contravención del Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

Entre las conclusiones de la verificación realizada, se enumeraron las siguientes anomalías:

. Falta de hidrantes y rociadores.
. No conforma caja de escalera en ninguno de sus pisos.
. No posee luz de emergencia, ni señalética.
. Disminución de ancho de circulación, estrangulamientos y corte, que incomunican las salidas por las alas de las calles Perón y Sarmiento.
. Sectores de cielorraso suspendido con desprendimientos de placas.
. Cables con tensión de 220v expuestos en forma aérea y/o sobre el solado.
. No cuenta con Plan de Evacuación (oficial) en caso de siniestro, y por ende, tampoco con Planos de Evacuación, ni para su totalidad, ni para las partes componentes de la edificación.

Para la Defensoría del Pueblo, en el análisis de los antecedentes del caso, resulta que la administración deberá implementar con carácter urgente las acciones correctivas que considere apropiadas para subsanar la situación edilicia de los pisos 2º y 3º del Edificio Del Plata; como así también evaluar la necesidad de arbitrar eventuales medidas preventivas con el fin de resguardar la integridad del personal que presta funciones en dichos ámbitos.

En este sentido, la Defensoría recomendó al Secretario de Planeamiento, Héctor Lostri, que disponga las acciones pertinentes para adecuar las condiciones edilicias y de seguridad de los espacios afectados al funcionamiento de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.

Asimismo, el organismo solicitó al Director General de Protección del Trabajo, Fernando Macchi, que imparta las instrucciones necesarias con el objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones de trabajo previstas por la normativa en vigor respecto del personal que se desempeña en esa dependencia.



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